Según el Reglamento
de Servicio para los Agentes de Seguridad y Vigilancia y Auxiliares de
Vigilancia del Ministerio de Educación Pública, Nº 37439-MEP en el artículo
número 60 se indica que:
Artículo 60: Según el
El Ministerio de Educación Pública, reconoce el día veintinueve de julio de
cada año como el Día del Agente de Seguridad y Vigilancia y Auxiliar de
Vigilancia del Ministerio de Educación Pública y procurará otorgar el
respectivo permiso para su celebración.